viernes, 30 de noviembre de 2012

De reformas educativas y otras luchas


De reformas educativas y otras luchas

La ministra de educación, Maryann Hanson. Foto: Globovisión



La resolución 058 del Ministerio del Poder Popular para la Educación vuelve a colocar en la palestra pública el debate sobre la educación y cómo debe regularse. Conozca en este reportaje las reformas educativas que se han propuesto y sancionado en los últimos 11 años.


Por Andrea Rodríguez P
@andriROD


Inspección en Constitución

El artículo 102 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece que la educación es un derecho humano y, al mismo tiempo, una función social. Su garantía y defensa debe ser asumida por el Estado como órgano rector. La Carta Magna también establece la posibilidad de que los profesionales que demuestren su capacidad y cumplan con los requisitos éticos y académicos puedan fundar instituciones educativas privadas, bajo la inspección y vigilancia del Estado.

En Venezuela la educación básica y diversificada se imparte en establecimientos oficiales y privados. El Estado está en la obligación de ejercer la supervisión de ambos tipos de instituciones educativas. La figura de la supervisión está estipulada en el artículo 81 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) y constituye un mecanismo de control cuya responsabilidad final nunca puede ser trasladada a los particulares.

“Con mis hijos no te metas” 


Por el “SÍ” o el “NO”

En el año 2001, el presidente Hugo Chávez sancionó el Decreto 1011, mediante el cual se establecía la creación de la figura de supervisores itinerantes de la  enseñanza y la firma de un convenio educativo con Cuba, como parte de un nuevo  esquema de enseñanza. En respuesta se generó una dura oposición, que incluía acciones como recursos de nulidad ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que sectores  privados y grupos civiles impusieron en contra de la creación de los supervisores  oficiales.

De allí se popularizó la consigna “con mis hijos no te metas”, que fue coreada por miles de padres y representantes que salieron a las calles a protestar.




En el marco de un referéndum consultivo realizado en el 2007, se intentó modificar 69 artículos de la Constitución de 1999. Esta propuesta fue rechazada por poco, tan solo con 51 % de los votos.

Una de las modificaciones que se establecía era la redacción del artículo 103, específicamente donde se hace mención a que la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación es “sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”, sustituyéndose por la expresión de que a las personas “se le respetará sus aptitudes, vocación y aspiraciones”

Otra modificación que se proponía al mismo artículo esbozaba que “el Estado invertirá en educación de acuerdo con los principios humanísticos del socialismo bolivariano”.



El Sistema de Educación Bolivariana

En el 2004 el Ministro de Educación nombró a 115 mil nuevos docentes, que representaron, para ese entonces, 30% del total de profesores y maestros, y que no se sometieron a los requisitos legales para ser docentes en escuelas públicas. 

El 17 de septiembre de 2008 el presidente Hugo Chávez anunció un nuevo diseño curricular para Venezuela que se llamaría Sistema Educativo Bolivariano (SEB). En el documento oficial se planteaba un drástico cambio en el currículo, siendo lo más notable el  énfasis en la enseñanza del marxismo - leninismo a partir del tercer año de secundaria, además de la filosofía militarista y belicista de los enunciados filosóficos que orientan los programas de cuarto y quinto de secundaria.

Reforma de la Ley Orgánica de Educación

A las 3:00 a.m. del viernes 14 de agosto de 2009, la amplia mayoría de los diputados que se encontraban en la Asamblea Nacional acataron el mandato del primer mandatario, Hugo Chávez, sobre la necesidad de reforma de la Ley Orgánica de Educación (LOE).

Se gestó una preocupación en diversos sectores públicos como el estudiantil, la iglesia, maestros, padres y representantes, los periodistas y diputados del Frente Humanista y de Podemos. Querían que se tomaran en cuenta sus reservas sobre algunos de  los 57 artículos que conformarían la normativa sancionada.

Entre las reformas realizadas se encuentran la del artículo 17, en el que se define a la Comunidad Educativa como un espacio "social-comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario". Establece en los artículos 15 y 16 que los colectivos externos a la escuela, especialmente los Consejos Comunales, se incorporarían a ella y asumirían roles de "evaluación y supervisión", para convertirse en los garantes de "la formación integral de los ciudadanos", asumiendo "un rol concientizador para la formación de una nueva ciudadanía".

En el Proyecto se plantea también que el Estado, a través de los dos ministerios educativos, "diseña, administra y supervisa la política de formación permanente" para todos los ciudadanos a fin de fortalecer a "la persona como ser social" (art. 36). Se plantea que solo aquellas instituciones a las que el Estado les reconozca autonomía, podrán disfrutar de "libertad intelectual" (art. 31).

Rectores solicitan nulidad de la LOE

El 23 de septiembre de ese mismo año, los rectores de las principales universidades del país se reunieron con la representación estudiantil para analizar la situación de la academia en el marco de la nueva LOE y la situación presupuestaria. La presidenta de la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) y vocera de la reunión, Rita Áñez, anunció, que las universidades se encontraban evaluando los recursos jurídicos pertinentes "para denunciar la inconstitucionalidad de la ley" ante el Tribunal Supremo de Justicia.



Los consejos educativos y la 058

La ministra de educación, Maryann Hanson, anunció que la resolución 058 que plantea la participación de los voceros comunales en los consejos educativos ha sido consultada desde el año 1999.

Alegó que “es mentira que no se ha consultado, pero hay gente que estuvo acostumbrada a dirigir los procesos de una visión autoritaria entonces si no se les consulta a ellos, creen que no existe la consulta”.

Destacó que a la resolución se le podrán agregar o quitar elementos, pero no se cambiará el fondo de la misma. Precisó que con la participación de voceros comunales en los consejos educativos se busca la formación de una mejor ciudadanía y optimizare las comunicaciones de los actores claves en el proceso educativo. Las personas naturales, jurídicas y voceros del poder popular también podrán participar en los consejos educativos.

Lilia Vega, vocero de la Red de Madres, Padres y Representantes, sostuvo un encuentro este jueves con la ministra Hanson, donde discutieron la resolución 058. Vega calificó de  positivo el encuentro e indicó que el mismo tenía como objetivo explicarle a Hanson que la resolución viola la ley y que el mecanismo de consulta no fue respetado.




¿Qué es un consejo educativo?

De acuerdo con el portal de Ciudad Caracas, es la instancia ejecutiva que toma de decisiones dentro de las instituciones. Se concibe como el conjunto de colectivos sociales vinculados a los centros educativos.

Se integrarán por todo el personal de la comunidad educativa. “También podrán formar parte de la comunidad educativa personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias”, señala la resolución. Ejercerán funciones por comités, conformado por un número impar de integrantes, sujeto a la cantidad de representantes del plantel. Entre sus funciones se encontrarán: servir de articulador interinstitucional, elaborar acuerdos de convivencia escolar, ejercer contraloría en aspectos curriculares y administrativos del plantel, desarrollar acciones para el mantenimiento de la planta física y realizar planes y estrategias pedagógicas.



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