De reformas educativas y otras luchas
La
ministra de educación, Maryann Hanson. Foto: Globovisión
La resolución 058 del Ministerio del Poder Popular para la Educación vuelve a colocar en la palestra pública el debate sobre la educación y cómo debe regularse. Conozca en este reportaje las reformas educativas que se han propuesto y sancionado en los últimos 11 años.
Por
Andrea Rodríguez P
@andriROD
Inspección
en Constitución
El artículo 102 de la
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece
que la educación es un derecho humano y, al mismo tiempo, una función social.
Su garantía y defensa debe ser asumida por el Estado como órgano rector. La
Carta Magna también establece la posibilidad de que los profesionales que
demuestren su capacidad y cumplan con los requisitos éticos y académicos puedan
fundar instituciones educativas privadas, bajo la inspección y vigilancia del
Estado.
En Venezuela
la educación básica y diversificada se imparte en establecimientos oficiales y
privados. El Estado está en la obligación de ejercer la supervisión de ambos
tipos de instituciones educativas. La figura de la supervisión está estipulada
en el artículo 81 de la Ley
Orgánica de Educación (LOE) y constituye un mecanismo de control cuya
responsabilidad final nunca puede ser trasladada a los particulares.
“Con
mis hijos no te metas”
En el año 2001, el presidente Hugo Chávez sancionó el Decreto 1011, mediante el cual se establecía la creación de la figura de supervisores itinerantes de la enseñanza y la firma de un convenio educativo con Cuba, como parte de un nuevo esquema de enseñanza. En respuesta se generó una dura oposición, que incluía acciones como recursos de nulidad ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que sectores privados y grupos civiles impusieron en contra de la creación de los supervisores oficiales.
De allí se
popularizó la consigna “con mis hijos no te metas”, que fue coreada por miles
de padres y representantes que salieron a las calles a protestar.
En el marco de un referéndum consultivo
realizado en el 2007, se intentó modificar 69 artículos de la Constitución de
1999. Esta propuesta fue rechazada por poco, tan solo con 51 % de los votos.
Una de las modificaciones que se establecía era
la redacción del artículo 103, específicamente donde se hace mención a que la
igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación es “sin
más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”,
sustituyéndose por la expresión de que a las personas “se le respetará sus
aptitudes, vocación y aspiraciones”
Otra modificación que se proponía al mismo
artículo esbozaba que “el Estado invertirá en educación de acuerdo con los
principios humanísticos del socialismo bolivariano”.
El Sistema de Educación Bolivariana
En el 2004 el Ministro de Educación nombró a 115
mil nuevos docentes, que representaron, para ese entonces, 30% del total de
profesores y maestros, y que no se sometieron a los requisitos legales para ser
docentes en escuelas públicas.
El 17 de septiembre de 2008 el presidente Hugo
Chávez anunció un nuevo diseño curricular para Venezuela que se llamaría Sistema
Educativo Bolivariano (SEB). En el documento oficial se planteaba un
drástico cambio en el currículo, siendo lo más notable el énfasis en la enseñanza del marxismo -
leninismo a partir del tercer año de secundaria, además de la filosofía
militarista y belicista de los enunciados filosóficos que orientan los
programas de cuarto y quinto de secundaria.
Reforma
de la Ley Orgánica de Educación
A las 3:00
a.m. del viernes 14 de agosto de 2009, la amplia mayoría de los diputados que
se encontraban en la Asamblea Nacional acataron el mandato del primer
mandatario, Hugo Chávez, sobre la necesidad de reforma de la Ley Orgánica de
Educación (LOE).
Se gestó una preocupación
en diversos sectores públicos como el estudiantil, la iglesia, maestros, padres
y representantes, los periodistas y diputados del Frente Humanista y de
Podemos. Querían que se tomaran en cuenta sus reservas sobre algunos de los 57 artículos que conformarían la normativa
sancionada.
Entre las reformas
realizadas se encuentran la del artículo 17, en el que se define a la Comunidad
Educativa como un espacio "social-comunitario, organizado, participativo,
cooperativo, protagónico y solidario". Establece en los artículos 15 y 16
que los colectivos externos a la escuela, especialmente los Consejos Comunales,
se incorporarían a ella y asumirían roles de "evaluación y
supervisión", para convertirse en los garantes de "la formación
integral de los ciudadanos", asumiendo "un rol concientizador para la
formación de una nueva ciudadanía".
En el Proyecto
se plantea también que el Estado, a través de los dos ministerios educativos,
"diseña, administra y supervisa la política de formación permanente"
para todos los ciudadanos a fin de fortalecer a "la persona como ser
social" (art. 36). Se plantea que solo aquellas instituciones a las que el
Estado les reconozca autonomía, podrán disfrutar de "libertad
intelectual" (art. 31).
Rectores solicitan nulidad de la LOE
El 23 de
septiembre de ese mismo año, los rectores de las principales universidades del
país se reunieron con la representación estudiantil para analizar la situación
de la academia en el marco de la nueva LOE y la situación presupuestaria. La
presidenta de la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) y vocera de la reunión, Rita Áñez, anunció, que las universidades se encontraban evaluando
los recursos jurídicos pertinentes "para denunciar la inconstitucionalidad
de la ley" ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Los consejos educativos y la 058
La ministra de
educación, Maryann Hanson, anunció que la
resolución 058 que plantea la participación de los voceros comunales en los
consejos educativos ha sido consultada desde el año 1999.
Alegó que “es
mentira que no se ha consultado, pero hay gente que estuvo acostumbrada a
dirigir los procesos de una visión autoritaria entonces si no se les consulta a
ellos, creen que no existe la consulta”.
Destacó que a
la resolución se le podrán agregar o quitar elementos, pero no se cambiará el
fondo de la misma. Precisó que con la participación de voceros comunales en los
consejos educativos se busca la formación de una mejor ciudadanía y optimizare las
comunicaciones de los actores claves en el proceso educativo. Las personas
naturales, jurídicas y voceros del poder popular también podrán participar en
los consejos educativos.
Lilia Vega,
vocero de la Red de Madres, Padres y Representantes, sostuvo un encuentro este
jueves con la ministra Hanson, donde discutieron la resolución 058. Vega
calificó de positivo el encuentro e
indicó que el mismo tenía como objetivo explicarle a Hanson que la resolución
viola la ley y que el mecanismo de consulta no fue respetado.
¿Qué es un consejo educativo?
De acuerdo con
el portal de Ciudad Caracas,
es la instancia ejecutiva que toma de decisiones dentro de las instituciones. Se
concibe como el conjunto de colectivos sociales vinculados a los centros
educativos.
Se integrarán
por todo el personal de la comunidad educativa. “También podrán formar parte de
la comunidad educativa personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las
diferentes organizaciones comunitarias”, señala la resolución. Ejercerán
funciones por comités, conformado por un número impar de integrantes, sujeto a
la cantidad de representantes del plantel. Entre sus funciones se encontrarán:
servir de articulador interinstitucional, elaborar acuerdos de convivencia
escolar, ejercer contraloría en aspectos curriculares y administrativos del
plantel, desarrollar acciones para el mantenimiento de la planta física y realizar
planes y estrategias pedagógicas.
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